La Diputación de Teruel contará desde esta semana con un Registro de Funcionarios Habilitados (RFH) para la asistencia a los ciudadanos en el uso de los medios electrónicos cuando así lo soliciten estos, en especial en relación a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico y la obtención de copias auténticas. Se cumple así con uno de los objetivos fundamentales de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), que abría una nueva etapa en las relaciones con los ciudadanos a través de los medios electrónicos.
El artículo 12 de la LPAC establece que las Administraciones Públicas “asistirán en el uso de los medios electrónicos a quienes así lo soliciten”, en un requerimiento especialmente dirigido a las personas que no disponen de los medios electrónicos necesarios y necesitan de la ayuda de funcionarios públicos para su identificación o la firma electrónica. De hecho, señala que esa identificación podrá ser “válidamente realizada” por un funcionario público mediante el uso de su propia firma electrónica si el interesado se identifica previamente y queda constancia de su consentimiento expreso.
En este sentido, la misma ley establece en su artículo 27 que “se deberá mantener actualizado un registro, u otro sistema equivalente, donde constarán los funcionarios habilitados para expedición de las copias auténticas que deberán ser interoperables y estar interconectados con los de las restantes Administraciones Públicas, a los efectos de comprobar la validez de la citada habilitación. En este registro o sistema equivalente constarán, al menos, los funcionarios que prestan servicios en las oficinas de asistencia en materia de registros”
El diputado de Presidencia y delegado de Nuevas Tecnologías y Administración Electrónica, Antonio Amador, ha asegurado que con la creación de este registro “se cumple un derecho de los ciudadanos en un paso más para abrir esta administración, adaptándola a los tiempos en los que estamos”. Para Amador, “no podíamos permitirnos seguir sin dar cumplimiento a una ley que permite una relación mucho más fácil y directa con todos los ciudadanos, tanto los que cuentan con formación digital como los que no”.
La creación del Registro de Funcionarios Habilitados requiere de una instrucción interna para definir su funcionamiento y la dotación de las herramientas tecnológicas requeridas que permitan el ejercicio de las nuevas funciones encomendadas a los funcionarios, adecuándolas a las funcionalidades tecnológicas de que dispone la actual Plataforma de Administración Electrónica. No solo se incluirán los funcionarios adscritos a las oficinas de registro, sino también a los que ocupan puestos de atención directa a ciudadanos y empresas.
“Llegamos justos”, ha dicho Antonio Amador, “porque la disposición final séptima de la LPAC de 2015 señala el 2 de abril de 2021 como plazo la entrada en vigor de este registro. El empuje y el trabajo de los funcionarios del área y la apuesta decidida de este equipo de gobierno por la modernización de la administración y la puesta al día de la institución hacen posible que no volvamos a ser noticia por otro incumplimiento alrededor de la atención al ciudadano y la transparencia, como ocurría en legislaturas pasadas, sino todo lo contrario”.