Julio Esteban, portavoz del Grupo Municipal del Partido Aragonés en el Ayuntamiento de Teruel, ha presentado para su inclusión y debate en el próximo Pleno Ordinario una Propuesta de resolución sobre la titularidad de las antiguas cuevas andalusíes de Villalba Baja.
En la misma, explica que «en el Avance del Nuevo Plan General de Ordenación Urbana 2020, y dentro del apartado “Valores Culturales” se encuentra un subapartado, “Patrimonio arqueológico”, que está formado por un amplio repertorio de bienes de carácter muy heterogéneo y con una repercusión muy variada a nivel de ordenación urbana. Dentro de este “Patrimonio arqueológico” encontramos una nueva clasificación, entre la que se encuentra “Enclaves arqueológicos situados en el entorno de los cascos urbanos”, donde se propone catalogar, entre otros, las Cuevas de Villalba Baja».
«Este patrimonio arqueológico data de alrededor un milenio, en ellas vivió una pequeña comunidad andalusí y forma parte de un conjunto más amplio existente en el valle del Alfambra. Las cuevas realizadas, como fortificaciones defensivas, sobre roca caliza se encuentran en un buen estado de conservación. El uso de estas cuevas, a lo largo del tiempo, ha sido muy variado. Recientemente se colocaron carteles plastificados haciendo alusión a que las citadas cuevas eran “propiedad particular”. En dichos carteles se decía: “No pasar. Propiedad privada”, explican.
«A su vez, en Villalba Baja existe la llamada “Sociedad del Término de Villalba Baja”, en cuyos estatutos puede figurar la parcela donde se hayan las cuevas como de su pertenencia. En el Avance del Plan General de Urbanismo aprobado recientemente en sesión plenaria incluye estas Cuevas como elemento a catalogar y preservar. La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés atribuye a los municipios la protección de todos los inmuebles que integran el patrimonio cultural aragonés estableciendo, a su vez, sanciones administrativas ante lesiones al referido patrimonio».
Por tanto, el PAR propone que, «en cumplimiento de la obligación municipal de velar por el patrimonio cultural existente en su término municipal, iniciar expediente administrativo para acreditar la titularidad de cada una de las referidas cuevas artificiales. Establecer los mecanismos adecuados para adecentar, conservar y rehabilitar este recurso cultural, con la finalidad de que, una vez preservadas, puedan ser consideradas como un recurso turístico».