El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy la convocatoria del programa de subvenciones para la cooperación al desarrollo de 2021 de la Diputación de Teruel. Cuenta con una partida total de 60.000 euros, el doble que lo contemplado en el presupuesto de 2019, para acciones que hayan realizado o vayan a realizar Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) con sede y actividad en la provincia entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021. En la petición debe incluirse una memoria detallada del proyecto y el presupuesto total con un plan financiero, así como un plan de seguimiento y evaluación con fijación de hitos y cronograma.
La convocatoria establece las siguientes líneas de subvención: proyectos de cooperación para el desarrollo, en sentido amplio, que pretendan satisfacer las necesidades básicas y promover el desarrollo local, humano, igualitario y sostenible, en zonas más necesitadas de los países en vías de desarrollo, excluyendo la ayuda humanitaria y de emergencia; proyectos de sensibilización para crear en la provincia de Teruel una conciencia solidaria y generar cambios personales y sociales que posibiliten unas relaciones internacionales justas; promoción del comercio justo; programas que promuevan en la provincia de Teruel una ciudadanía global generadora de una cultura de solidaridad comprometida en la lucha contra la pobreza y la exclusión a través de la educación para el desarrollo; formación del voluntariado; acogida temporal de menores procedentes de países en desarrollo,en la provincia de Teruel; o acciones de codesarrollo que, partiendo de los colectivos y asociaciones de inmigrantes con sede en la provincia de Teruel, realicen acciones de desarrollo en sus países de origen.
Se entienden como necesidades básicas de la población la erradicación de la pobreza, la alimentación, la vivienda, la salud o la educación. Las actividades previstas en los proyectos responderán fundamentalmente a acciones de carácter permanente y/o estable, no siendo preferente, a efectos de esta convocatoria, los proyectos cuyo contenido sea coyuntural y/o transitorio. Los sectores a actuar son los servicios sociales básicos, la educación, el fortalecimiento de las estructuras democráticas y la protección de los derechos humanos, proyectos de economía social o el impulso a estrategias de asociación.
Los proyectos no podrán contener en su formulación ningún tipo de discriminación y/o exclusión, pudiendo ser sus destinatarios la población en general o bien grupos específicos de la misma con especiales carencias y necesidades. En el supuesto de que la entidad solicitante tenga un socio local colaborador en el país donde se desarrolle el proyecto objeto de subvención, deberá presentar el convenio formalizado al respecto, detallando asimismo los gastos que soporta cada una de ellos.
Se establecen como subvencionables con carácter preferente aquellas actuaciones que incidan en las siguientes áreas geográficas, en especial aquellas en las que los países tengan un Indice de Desarrollo Humano bajo y en los sectores siguientes: Iberoamérica ( Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú, República Dominicana y Haití), África (Chad, República Democrática del Congo, Etiopía, Malawi, Senegal, Magreb, Marruecos o los campamentos de refugiados saharauis) y otros países a considerar en función de a qué sectores atienda el proyecto.
La comisión técnica de valoración de las solicitudes tendrá en cuenta el lugar donde se va a realizar el proyecto y el sector al que va dirigido, el número de personas directamente beneficiadas, el personal fijo y eventual previsto, los colaboradores y voluntarios directos habituales, los ingresos privados previstos, el número de socios de la entidad, el personal o las oficinas abiertas que tenga en la provincia, así como sus actividades y la difusión entre la población o los ingresos obtenidos en otras vías para la cooperación al desarrollo.
Las subvenciones podrán otorgarse tanto a proyectos ya iniciados como a pendientes de realización. En este último caso, la ejecución de los mismos deberá comenzar en un plazo máximo de 4 meses a partir de la recepción de la notificación de la subvención correspondiente. El importe máximo a aprobar por entidad solicitante será de 15.000 euros y son ayudas compatibles con la obtención de otras para la misma finalidad, salvo que se subvencione el 100 % del gasto, pudiendo superarse tanto con la subvención de esta Corporación como con el total de las ayudas percibidas, en su caso, el 80 % del coste por tratarse de actividades realizadas por entidades sin ánimo de lucro, con limitado poder económico y cuyas actividades se desarrollan en municipios escasamente poblados.
Las solicitudes para las tres convocatorias de subvenciones se han de presentar exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel hasta el 4 de junio.