En el pleno del Congreso de los Diputados este martes el diputado Tomás Guitarte defenderá, para su debate y votación, una Proposición No de Ley de Teruel Existe “sobre la creación de un mecanismo de garantía rural, para el medio y las sociedades rurales, en el diseño y aplicación de leyes y desarrollo normativo, así como en el conjunto de las políticas del Gobierno y de las Comunidades Autónomas”. Destacan que el objetivo es “velar porque la legislación y normativa se realice teniendo presente el principio básico de la cohesión territorial y social, elreequilibrio y la lucha contra la despoblación, principios que el Gobierno de España ha declarado entre los objetivos principales de su actuación”.
La Proposición No de Ley que registró Teruel Existe, expone las conclusiones de la “Declaración de 2016 de Cork 2.0”, que se acordó en la Conferencia Europea sobre Desarrollo Rural Cork 2.0, en la que instaban a los responsables de la elaboración de las políticas de la Unión Europea a aplicar una serie de recomendaciones entre las que se incluía, “revisar sistemáticamente otras políticas sectoriales y macroeconómicas desde una perspectiva rural, teniendo en cuenta los impactos reales y potenciales y sus efectos en las perspectivas de desarrollo, crecimiento y empleo rural, el bienestar social y la calidad ambiental de las zonas rurales y sus comunidades”.
Teruel Existe expone que el contenido de la Declaración de 2016 de Cork 2.0 “Una vida mejor en el medio rural” se articula en 10 puntos entre los que destacan fomentar la prosperidad en el medio rural, invertir en su viabilidad y vitalidad, preservarlo gestionando los recursos naturales,fomentar el conocimiento, la innovación y mejorar la gobernanza rural, también la aplicación y simplificación de las políticas, y por último mejorar los resultados y la rendición de cuentas. Uno de sus objetivos es garantizar que las comunidades rurales sean escuchadas y que se tenga en cuenta sus demandas, necesidades y peculiaridades a la hora de formular las políticas, programas y estrategias de los Gobiernos, reflejando en ellas las necesidades y aspiraciones de las comunidades rurales.
Desde la Agrupación de electores destacan que, en España, las consecuencias de la acción del Estado en el medio rural “han estado marcadas por la existencia de medidas legislativas y administrativas que por su falta de adaptación, en algunas ocasiones, han provocado efectos adversos en las áreas rurales, contraviniendo incluso el artículo 131, 138 y 139 de la Constitución Española”. Consideran que el mecanismo de garantía rural “debería velar por la aplicación de estos artículos de la Constitución, aportando beneficios a las sociedades rurales e impulsando oportunidades para el empleo y el desarrollo, además de garantizar el acceso a las comunidades y empresas rurales a todos los servicios básicos”, sanidad, educación, accesibilidad territorial y de telecomunicaciones.
También valoran que es necesario “conocer y evaluar el impacto de las medidas políticas y presupuestarias que,desde los presupuestos generales del estado, desde los ministerios y departamentos de las comunidades autónomas tienen efectos en el medio rural”, y recuerdan que la Unión Europea está diseñando una herramienta con esta finalidad “que deberá ser aplicada en distintos ámbitos políticos y con todas las administraciones”.
En la Proposición No de Ley de Teruel Existe que se debatirá y votará este martes, pretenden que el Congreso de losDiputados inste al Gobierno de España a la creación de un Mecanismo de Garantía Rural para el diseño y aplicación de leyes y desarrollo normativo, “que integre los principios, las recomendaciones y las herramientas relativas al proofingrural que está desarrollando la Unión Europea”. Además de “incorporarlo a todas las medidas legislativas, presupuestarias y de acción política, de ámbito estatal o autonómico, evaluando los efectos territoriales de las mismas sobre el medio rural y las sociedades rurales.”
Por último, quieren que se “posibilite la adopción de medidas de discriminación positiva para alcanzar el principio de sostenibilidad territorial, como promulga el artículo 138 de la Constitución.”