​La Comarca Comunidad de Teruel destina 38.000 euros al mantenimiento de la estructura comercial y de servicios básicos en el medio rural

El Boletín Oficial de la Provincia de Teruel publicó el día 14 de junio la convocatoria de subvenciones dirigida a favorecer el mantenimiento y la consolidación de la estructura comercial o de bar en los pequeños municipios y barrios pedáneos con una población de hasta 500 habitantes.

​Como explican el Presidente de la Comarca, Samuel Morón, y el Vicepresidente, Joaquín Tomás, el objetivo de esta convocatoria es “apoyar al mantenimiento de los pequeños establecimientos en el medio rural, que permiten a los vecinos del territorio seguir viviendo en sus pueblos, con lo que contribuimos a fijar población, ya que en muchas ocasiones se trata del único establecimiento que tienen en el municipio y es importante ayudar para que siga abierto”.

​En este sentido, la finalidad de las subvenciones es ayudar al gasto originado por la cuota de la seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para quienes prestan su actividad en los pequeños municipios de la Comarca y barrios pedáneos, con una población de 500 habitantes a fecha de 1 de enero del 2020 y en los que la actividad comercial, de farmacia, de peluquería, o de bar subsista como servicio básico al municipio (que no exista más de un establecimiento de cada categoría).

Como señala el Consejero de Desarrollo Local de la Comarca, Miguel Morte, “este tipo de establecimientos son muy importantes sobre todo para las personas mayores que viven en nuestros municipios, y que ven cómo estos pequeños servicios les proporcionan mayor calidad de vida, y les permiten hacer sus compras de productos básicos, o ir a la peluquería, sin necesidad de trasladarse hasta la ciudad”.

​Podrán ser beneficiarios de la ayuda en régimen de concurrencia competitiva, los trabajadores autónomos que lleven a cabo su actividad y estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que cumplan los requisitos de la convocatoria. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (publicada el 14 de junio de 2021).

​En el caso de que la prestación de los servicios contemplados en la convocatoria se inicie con posterioridad a la fecha de publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, la solicitud se presentará en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día de alta en el régimen de autónomos, y siempre teniendo como fecha límite el 15 de septiembre de 2021.

Solicitudes

​La convocatoria íntegra, así como los modelos normalizados de solicitud a cumplimentar por los solicitantes, estarán disponibles en la sede electrónica y en el Portal de Transparencia habilitado en la página web de la Comarca Comunidad de Teruel (www.comarcateruel.es).

​La subvención concedida para cada actividad tendrá como límite máximo subvencionable hasta el 30% de la cuota mínima anual establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos según los criterios establecidos por la normativa estatal en materia de Seguridad Social, con el límite cuantitativo de la consignación presupuestaria.

​Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, serán compatibles con otras ayudas otorgadas por otras Administraciones Públicas. En el caso de que se hayan solicitado otras subvenciones, se hará constar en la instancia esta circunstancia, y su otorgamiento, cuando sea posterior a la solicitud, deberá comunicarse a la Comarca Comunidad de Teruel. 

Las cuotas a subvencionar serán las abonadas desde enero hasta diciembre del 2021, se incluirán la de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 en aquellos casos en los que el alta en el régimen de autónomos se produjese con posterioridad al 15 de septiembre de 2020.

La concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante procedimiento simplificado en los términos dispuestos en la presente convocatoria y conforme a lo previsto en el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015 de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. Para ello, la prelación de las solicitudes, válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos, se fija en función de la fecha de presentación dentro del plazo de vigencia de la presente convocatoria, con el fin de adjudicar las subvenciones dentro del crédito disponible, y resolver las solicitudes individualmente. 

Requisitos

Entre los requisitos para solicitar la subvención, se encuentra que se  desarrolle la actividad comercial en régimen tradicional, con despacho abierto al público en el municipio, ejercer la actividad de bar, farmacia, peluquería o multiservicio; que sea el único establecimiento del municipio o barrio que se dedique a esa actividad; que el establecimiento esté abierto con horario comercial de mañana y/o tarde, al menos cinco días a la semana, y que mantenga la actividad durante toda la anualidad o parte correspondiente si se trata de inicio.

En relación con el cumplimiento de estos puntos, no se tendrá en cuenta su incumplimiento por aplicación de las medidas excepcionales introducidas por la declaración del Estado de Alarma, en el periodo correspondiente al mismo.

Las solicitudes, así como todos los documentos que la acompañen, se podrán presentar en cualquiera de los registros de entrada de la Comarca Comunidad de Teruel, ubicados en las localidades de Teruel, Cella, Cedrillas, Libros, Perales del Alfambra y Santa Eulalia del Campo, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.