Sanidad permite un aforo del 50% en los establecimientos de hostelería de áreas de servicio y polígonos

El Departamento de Sanidad ha emitido una orden, publicada hoy en el BOA, para modular el nivel de alerta 3 permitiendo un aforo del 50% en los espacios de restauración situados en establecimientos de suministro de combustible o áreas de servicio en carretera y los ubicados en los propios polígonos industriales.

Con esta medida, se pretende asegurar el desarrollo de la actividad del sector de transporte de mercancías y de la industria y servicios. Así, el uso de estos establecimientos estará limitado a los transportistas profesionales de mercancías y a los trabajadores de los polígonos industriales.

La orden regula además la prestación del servicio de elaboración de comida por encargo, permitiendo su recogida en el interior del establecimiento. El tiempo de estancia será el estrictamente indispensable y el aforo máximo del establecimiento, a los exclusivos efectos de entrega y abono del encargo, será de un cliente o el 5% del máximo autorizado. De este modo, una parte de los establecimientos de hostelería pueden mantener una actividad que puede desarrollarse con las garantías sanitarias adecuadas.

Asimismo, se ha dictado una instrucción a los órganos del Departamento de Sanidad en relación con los procedimientos sancionadores incoados como consecuencia de la necesidad de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que actualiza la anterior instrucción emitida.

De este modo, se incorporan las sanciones por el incumplimiento de los confinamientos perimetrales y del toque de queda, que quedan estipuladas con una cuantía mínima de 300 euros.