La DPT ayuda a los municipios a inventariar su patrimonio

La Diputación de Teruel ha convocado una línea de ayudas para municipios de menos de 5.000 habitantes, comarcas y entidades locales menores para facilitar el cumplimiento de la obligación legal de disponer de un inventario valorado de bienes y derechos que constituyan la imagen fiel y real de su patrimonio. En total se contemplan 41.470,15 euros, son para el periodo 2020-2021 y las solicitudes se seleccionarán en régimen de concurrencia competitiva. 

​Hay dos modalidades de ayudas, las de realización de nuevos inventarios dirigidas a los municipios, comarcas o entidades locales menores que no cuenten con un Inventario de Bienes y Derechos realizado por esta Corporación Provincial en programas de años anteriores y la modalidad de rectificación de inventarios para quienes ya lo tienen realizado por esta Corporación Provincial y lo hayan rectificado entre  los años 2005 y 2017.

​La cuantía provisional de subvención a conceder a cada entidad en la modalidad de confección de nuevos inventarios será de 3.000 euros. Para la rectificación de inventarios cada entidad puede conseguir un total provisional de 520 euros, aunque en las dos modalidads la aportación de la Diputación será del 70%. Se trata de ayudas en especie, de modo que una vez que la empresa adjudicataria termine los trabajos cada entidad recibirá un ejemplar, en formato papel y en formato informático en soporte CD compatible con las herramientas Windows. Otra copia será para la DPT.

​La concesión de la subvención es incompatible con cualquier otro tipo de subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad de cualquier otra administración en cualquier ámbito. El plazo de presentación es de 20 días hábiles después del de su publicación, el pasado martes 20. Las solicitudes solo podrán realizarse a través de la oficina electrónica de la Diputación de Teruel. 

​La selección de las solicitudes se realizará atendiendo a criterios de población, con más puntos para los municipios más pequeños, a si está o no en una agrupación secretarial y el número de municipios que la componen, o si cuentan o no con varios núcleos de población diferenciados. En el caso de que la solicitud la formule una comarca, se puntuará única y exclusivamente por cada municipio que la integre.